¡NUEVOS PRODUCTOS! Amparo Mayores y Amparo grupal

Amparo y Colón Seguros te traen dos nuevos productos pensados para tu grupo familiar.

Amparo Mayores:

  • Servicio de sepelio o reintegro de capital para mayores de 61 años. Con una edad máxima de incorporación de 79 años.
  • Cobertura adicional: Asistencia Técnica y Tecnológica (Consulta telefónica sobre software o hardware; Conexión con técnicos a domicilio; Acceso a internet, configuración de módems, routers, Wifi; Etc.), servicio las 24 hs llamando al 0810-333-3628 – Cardinal.

 

Amparo Grupal:

  • Servicio de sepelio o reintegro de capital para grupo familiar primario (Titular, Cónyuge e hijos).
  • Edad máxima de ingreso: 60 años.

 

Para más información sobre estos productos, contáctenos.

 

Productores: actualización medios de pago (Res. N° 40.541)

Queremos informarte acerca de la Resolución de la Super Intendencia de Seguros N° 40.541 y su modificación N° 40.761

En su artículo 1°, la Resolución N° 40.541 y de acuerdo con la Resolución 407/2001 del Ministerio de Economía, dispone que los Productores Asesores de Seguros, Sociedades de Productores y los Agentes Institorios, deberán efectuar la gestión de cobro de premios de contratos de seguro exclusivamente a través de los siguientes medios:

  • Cheque en las modalidades previstas en el artículo 1° inc. D de la resolución 407/2001 del Ministerio de Economía (cheques propios del asegurado).
  • Entidades especializadas en cobranza, registro y procesamiento de pagos por medios electrónicos habilitados por la SSN (Pago Fácil, Rapipago, Pago Mis Cuentas).
  • Entidades financiares sometidas al régimen de la ley 21.526 (Entidades Financieras).
  • Tarjetas de crédito, débito o compras emitidas en el marco de la ley 21.526 (Tarjetas de crédito).

En su artículo 7 establece que la presente Resolución entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y su pleno cumplimiento será exigible acorde al siguiente cronograma:

  • A partir del 1 de septiembre de 2017 resultará aplicable para el cobro de todo premio, cuyo monto anualizado resulte superior a $20.000.-
  • A partir del 1 de diciembre de 2017 resultará aplicable para el cobro de todo premio, cuyo monto anualizado resulte superior a los $10.000.-
  • A partir del 1 de marzo de 2018 resultará aplicable para la totalidad de los cobros de premios, independientemente de su monto.

Según el artículo 1° de la Resolución N° 40.761, los cheques de terceros deberán ser indefectiblemente endosados por el Asegurado o Tomador de la póliza.

 Dudas y Consultas

  • Teléfonos

    0800-666-8400

    (011) 4338-4000

Nuevo Sistema de Denuncia de Accidentes Personales

Amparo suma un nuevo servicio para los asegurados de Amparo Familiar. Se trata del Sistema de Denuncias en conjunto con Arístides Salud, en vigencia desde el 01 de noviembre, para mejorar la cobertura.

 

Los asegurados deberán llamar al 0800 999 1337 para denunciar un accidente sufrido por algún integrante del grupo familiar. Será atendido por los operadores de Arístides Salud, quienes los guiarán en cómo proceder:

 

  • Si el asegurado cuenta con Obra Social, Arístides Salud se encargará de solicitarle los turnos de atención, y solicitará al Profesional el informe médico de atención y evolución. Con esto los asegurados no van a tener que ocuparse de este tema, que es muy engorroso.

 

  • En los casos que el Asegurado no cuente con obra social, los lugares de atención serán proporcionados por Arístides salud.

Desde Amparo, se ha habilitado un teléfono en cada sucursal, para los asegurados puedan llamar desde nuestra oficina a Arístides Salud. Esto regirá hasta que los Asegurados tengan incorporado este procedimiento y puedan llamar directamente. Así concurrirán a las oficinas de Amparo cuando Arístides se lo indique.

En los casos que se tengan que reintegrar gastos, se abonarán en las oficinas de Amparo o por transferencia bancaria directamente al asegurado.

El plazo máximo de denuncia -tanto para Asistencia Médica como para Incapacidades- es de 180 días.