Atención: Desde marzo los P.A.S. no podrán recibir premios en efectivo

Será a partir del 1 de marzo, conforme a lo establecido por la Resoluciones SSN N°40.541 Y 40.761, que regulan la gestión de cobro.

Desde el primer día de marzo, los Productores Asesores de Seguros, no estarán autorizados a recibir el pago de premios en efectivo. La cobranza de premios será -de manera exclusiva- a través de los siguientes medios de pago:

  • Cheques propios del Asegurado o Tomador, o cheques de Terceros, los que deberán ser indefectiblemente endosados por el Asegurado o Tomador de la póliza. 
  • Débitos automáticos en entidades bancarias y tarjetas de débito/crédito.
  • Entidades especializadas de cobranzas, registro y procesamiento de pagos electrónicos habilitados.

 

 

Ranking de Aseguradoras por ramos

Se trata de un informe realizado por la Revista Estrategas y comprende la producción completa, en cada ramo de todas las aseguradoras durante los últimos cuatro ejercicios anuales (2014 – 2017), con cifras a junio de cada año.

En el mismo se pueden ver las primas emitidas (producción) de 2014 a 2017, como también el porcentaje de participación en el ramo de cada compañía. Con estos resultados, se pueden observar las políticas comerciales y cuáles compañías incrementaron la producción, disminuyeron o dejaron de operar en determinados ramos.

Para descargar cuadros del Ranking producción por ramos 2014-2017 clickear aquí

Nuevo empadronamiento obligatorio para Productores

Resolución N° 76-E/2018 – publicada en el Boletín Oficial el día 29 de enero de 2018:

 

La SSN dispone que los productores asesores de seguros deberán realizar el trámite de empadronamiento a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/

 

A partir del 1° de febrero de 2018 los Aspirantes a la Matrícula de Productores Asesores de Seguros deben presentar la solicitud de inscripción y la documentación exigida por la normativa vigente a través de la misma plataforma informática.

 

Para el cumplimiento de esta obligación tanto Aspirantes como Productores Asesores de Seguros, previamente deberán adherir al servicio ingresando con clave fiscal en la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

 

Cronograma de empadronamiento:

 

Matrículas terminadas en:

 

  • 0, 1 y 2: deberán empadronarse entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2018.

 

  • 3, 4 y 5: deberán empadronarse entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2018.

 

 

  • 6, 7, 8 y 9: deberán empadronarse entre el 1 de junio y el 31 de julio de 2018.

 

El artículo 4° establece que el incumplimiento en tiempo y forma del empadronamiento implicará la baja automática en el Registro de Productores Asesores de quienes, encontrándose en mora, no hayan regularizado la situación.

 

 Dudas y Consultas

  • Teléfonos

    0800-666-8400

    (011) 4338-4000