La SSN dispuso un aumento en la Suma Asegurada RC Autos y Transporte Público

La Resolución 766/2021 que emitió la SSN el pasado 28 de octubre, dispuso el aumento de sumas aseguradas y deducibles de los seguros de RC para vehículos automotores destinados al transporte público de pasajeros y de la RC para los vehículos automotores y/o remolcados.

Se sabía que, a partir del presente año, se revisaría el estado de suficiencia de los límites asegurados y deducibles, utilizando el ajuste por aplicación de la Tasa de Actualización de Pasivos. De este modo el incremento será aplicado para seguros nuevos y/o renovaciones a partir del próximo 01/01/2022.

Estos son los nuevos límites y deducibles:

-Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Automotores destinados al Transporte Público de Pasajeros: pasa a $ 75 millones.

-Transporte Público de Pasajeros, Obligación Legal Autónoma:

Gastos Sanatoriales por persona hasta $ 100.000.-
Gastos de Sepelio por persona hasta $58.000.-
La cobertura comprende la totalidad de los reclamos que se efectúen ante la Aseguradora hasta el límite de $100.000.- por persona damnificada.

-Transporte Público de Pasajeros, Franquicia o Descubierto Obligatorio a Cargo del Asegurado: el Asegurado participará en cada acontecimiento por un hecho cubierto con un Descubierto Obligatorio de $ 380.000.-

-Seguro de Responsabilidad Civil – Seguro Voluntario para los Vehículos Automotores y/o Remolcados: $23 millones para Automóviles y Camionetas, Vehículos Remolcados, Autos de alquiler sin chofer, Motovehículos y Bicicletas con motor, y Casas Rodantes.

Para Taxis y Remis, Maquinarias Rurales y Viales, Camiones y Semitracciones, Acoplados y Semirremolques, Servicios de Urgencias, Fuerzas de Seguridad y vehículo para transporte de pasajeros, que no contenga más de OCHO (8) asientos (M1) el monto asciende a $ 50 millones. Este item incluye a los Vehículos «intervinientes en un servicio convenido por intermedio de una Plataforma Tecnológica», tipo Uber o Cabify.

Para vehículos tipo M2 (TPP hasta 5.000 kg.) y M3 (TPP mayor a 5.000 kg.): $ 75 millones.

Para incrementar las sumas se utilizó la Tasa de Actualización de Pasivos. Esta actualización rige para las pólizas emitidas y/o renovadas a partir del 1° de enero de 2022.

Para más información lee la resolución completa aquí.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial aprobó una nueva disposición para la circulación de tráileres


La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dispuso la aprobación de un informe técnico para los tráileres, remolques y acoplados, para verificar que se cumplan las condiciones necesarias para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular obligatorio para su patentamiento.

La ANSV comunicó que este certificado será uno de los requerimientos que exigirá la Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) para el trámite de patentamiento de los vehículos comprendidos en la categoría O1. Estos son: acoplados, remolques y tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares. El informe deberá ser elaborado y emitido por los talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de las jurisdicciones locales registrados en la ANSV, o a través de un ingeniero matriculado con incumbencias en la materia.

De este modo, se busca determinar las características técnicas que deben reunir este tipo de vehículos como paragolpes, guardabarros, estabilidad, luces, entre otras. El fin es garantizar las condiciones de seguridad necesarias para una conducción responsable y segura dentro del territorio nacional.

También, por resolución de este organismo, desde noviembre de 2021 no se podrá circular con la patente 101 actual de este tipo de vehículos.

¿Cómo patentar un tráiler?

El trámite se inicia ante la DNRPA. Luego, el dueño del vehículo debe dirigirse hacía un taller registrado en la ANSV o a un ingeniero mecánico con competencia en la materia, en donde se realizará el informe técnico correspondiente que detallará si el tráiler cumple o no con las especificaciones indicadas por la normativa vigente.

Si el informe está aprobado y fue realizado por un taller registrado, se envía directamente a la ANSV. Si lo realizó un ingeniero, este lo envía primero al Colegio de ingenieros de la jurisdicción local, en donde se corrobora que el profesional esté habilitado y que la documentación presentada sea la correcta. Luego de este paso, también es enviado a la ANSV.

Una vez recibido el informe y aprobado por la ANSV, el organismo remitirá por correo electrónico una boleta de pago para que el interesado pueda abonar la certificación solicitada. Cuando la ANSV recibe el pago del Certificado, se envía el mismo directamente al registro seccional de la DNRPA en el que el propietario del vehículo inició el trámite y se lo notificará para que se dirija a dicho registro a fin de concluir con el patentamiento.