La SSN dispuso un aumento en la Suma Asegurada RC Autos y Transporte Público

La Resolución 766/2021 que emitió la SSN el pasado 28 de octubre, dispuso el aumento de sumas aseguradas y deducibles de los seguros de RC para vehículos automotores destinados al transporte público de pasajeros y de la RC para los vehículos automotores y/o remolcados.

Se sabía que, a partir del presente año, se revisaría el estado de suficiencia de los límites asegurados y deducibles, utilizando el ajuste por aplicación de la Tasa de Actualización de Pasivos. De este modo el incremento será aplicado para seguros nuevos y/o renovaciones a partir del próximo 01/01/2022.

Estos son los nuevos límites y deducibles:

-Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Automotores destinados al Transporte Público de Pasajeros: pasa a $ 75 millones.

-Transporte Público de Pasajeros, Obligación Legal Autónoma:

Gastos Sanatoriales por persona hasta $ 100.000.-
Gastos de Sepelio por persona hasta $58.000.-
La cobertura comprende la totalidad de los reclamos que se efectúen ante la Aseguradora hasta el límite de $100.000.- por persona damnificada.

-Transporte Público de Pasajeros, Franquicia o Descubierto Obligatorio a Cargo del Asegurado: el Asegurado participará en cada acontecimiento por un hecho cubierto con un Descubierto Obligatorio de $ 380.000.-

-Seguro de Responsabilidad Civil – Seguro Voluntario para los Vehículos Automotores y/o Remolcados: $23 millones para Automóviles y Camionetas, Vehículos Remolcados, Autos de alquiler sin chofer, Motovehículos y Bicicletas con motor, y Casas Rodantes.

Para Taxis y Remis, Maquinarias Rurales y Viales, Camiones y Semitracciones, Acoplados y Semirremolques, Servicios de Urgencias, Fuerzas de Seguridad y vehículo para transporte de pasajeros, que no contenga más de OCHO (8) asientos (M1) el monto asciende a $ 50 millones. Este item incluye a los Vehículos «intervinientes en un servicio convenido por intermedio de una Plataforma Tecnológica», tipo Uber o Cabify.

Para vehículos tipo M2 (TPP hasta 5.000 kg.) y M3 (TPP mayor a 5.000 kg.): $ 75 millones.

Para incrementar las sumas se utilizó la Tasa de Actualización de Pasivos. Esta actualización rige para las pólizas emitidas y/o renovadas a partir del 1° de enero de 2022.

Para más información lee la resolución completa aquí.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial aprobó una nueva disposición para la circulación de tráileres


La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dispuso la aprobación de un informe técnico para los tráileres, remolques y acoplados, para verificar que se cumplan las condiciones necesarias para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular obligatorio para su patentamiento.

La ANSV comunicó que este certificado será uno de los requerimientos que exigirá la Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) para el trámite de patentamiento de los vehículos comprendidos en la categoría O1. Estos son: acoplados, remolques y tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares. El informe deberá ser elaborado y emitido por los talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de las jurisdicciones locales registrados en la ANSV, o a través de un ingeniero matriculado con incumbencias en la materia.

De este modo, se busca determinar las características técnicas que deben reunir este tipo de vehículos como paragolpes, guardabarros, estabilidad, luces, entre otras. El fin es garantizar las condiciones de seguridad necesarias para una conducción responsable y segura dentro del territorio nacional.

También, por resolución de este organismo, desde noviembre de 2021 no se podrá circular con la patente 101 actual de este tipo de vehículos.

¿Cómo patentar un tráiler?

El trámite se inicia ante la DNRPA. Luego, el dueño del vehículo debe dirigirse hacía un taller registrado en la ANSV o a un ingeniero mecánico con competencia en la materia, en donde se realizará el informe técnico correspondiente que detallará si el tráiler cumple o no con las especificaciones indicadas por la normativa vigente.

Si el informe está aprobado y fue realizado por un taller registrado, se envía directamente a la ANSV. Si lo realizó un ingeniero, este lo envía primero al Colegio de ingenieros de la jurisdicción local, en donde se corrobora que el profesional esté habilitado y que la documentación presentada sea la correcta. Luego de este paso, también es enviado a la ANSV.

Una vez recibido el informe y aprobado por la ANSV, el organismo remitirá por correo electrónico una boleta de pago para que el interesado pueda abonar la certificación solicitada. Cuando la ANSV recibe el pago del Certificado, se envía el mismo directamente al registro seccional de la DNRPA en el que el propietario del vehículo inició el trámite y se lo notificará para que se dirija a dicho registro a fin de concluir con el patentamiento.

Homenaje a clientes fallecidos por Covid– 19 en Santiago del Estero y Catamarca

La pandemia mundial ha tenido impactos fuertes desde lo afectivo, lo económico, pero sin dudas, uno de los más difíciles de sobrellevar ha sido la partida de nuestros seres queridos por Covid-19. Sabemos que estos dos últimos años fueron los más tristes que nos tocaron vivir como sociedad y a nivel familiar en cada casa de nuestros asegurados. Más aún si el virus nos apartó de las personas que amamos en el final de sus vidas y las medidas de restricciones, por cuestiones de seguridad sanitaria, nos llevaron a no poder darles un último abrazo, con la despedida que hubíesemos deseado, merecido y querido.

Nuestra MISIÓN es acompañar a quienes confían en nosotros en todo momento y, principalmente, en los más difíciles. Por eso desde Organización Amparo, quisimos rendir un homenaje a quienes nos han dejado por COVID-19 y estar una vez más cerca de sus familiares, como lo venimos haciendo hace más de 25 años: En todo momento, en todo lugar.

Compartimos los emotivos homenajes que vivimos en las sucursales de Santiago del Estero y Catamarca

Gracias por dejarnos ser parte en este momento tan importante 🙌🏻

¿Cómo deducir ganancias con tu Seguro de Vida? Te contamos cómo hacerlo

¿Sabías que por el pago de seguros de vida y seguros de vida con ahorro se pueden aplicar deducciones en tu liquidación del Impuesto a las Ganancias?

Ya finalizó el período fiscal 2020 y hasta el 31 de marzo, se va a poder informar a la AFIP el monto de seguros de vida que abonaste durante este año. Tanto con seguros de vida pura como seguros de vida con ahorro, se podrán descontar de tu base imponible del impuesto a las ganancias en concepto de primas abonadas por seguros de vida y vida con ahorro en conjunto.

Te contamos cómo hacerlo:

Para más información comunicate con nosotros de Lunes a Viernes en el horario de 8.00 a 13.30 hs y de 14.00 a 17.30 hs

Certificado de Aptitud para el Ofrecimiento Público de Contratos de Seguros: todo lo que tenés que saber

Te contamos todo sobre este nuevo Certificado que la SSN informó y que se pondrá en vigencia desde el 1° de Marzo.

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) determinó a través de las Resoluciones SSN N° 332/2020 y N° 504/2020 que los Productores Asesores de Seguros que cuenten con la correspondiente inscripción habilitante tienen la obligación, desde el 1 de marzo de 2021, de exhibir el Certificado de Aptitud para el Ofrecimiento Público de Contratos de Seguros (CAOPCS).

Esto quiere decir que Entidades Aseguradoras, Productores Asesores de Seguros, Sociedades de Productores de Seguros y Agentes Institorios deberán exponerlo en vidrieras y/o en lugares visibles al público de los locales donde se realiza el ofrecimiento de contratos de seguros.

Cuáles son los beneficios del CAOPCS

Esta medida brindará a los asegurados una herramienta que les permite corroborar de forma ágil y segura que se encuentran frente a un operador habilitado por la SSN y por lo tanto, autorizado a realizar y concretar operaciones relacionadas con la actividad aseguradora.

Los asegurados podrán, mediante el escaneo del código de respuesta inmediata (QR) que forma parte del CAOPCS, verificar rápidamente los datos de inscripción del operador.

¿Cómo se obtiene el CAOPCS?

El Certificado de Aptitud para el Ofrecimiento Público de Contratos de Seguros podrá descargarse, a partir del 1° de febrero de 2021, desde el sitio web del organismo: (https://www.argentina.gob.ar/ssn; “Generá tu certificado CAOPCS”)

En el caso de inconvenientes, los interesados deberán contactarse mediante correo electrónico a mesadeayuda@ssn.gob.ar consignando en el asunto: “Problemas Descarga del Certificado CAOPCS” proporcionando la mayor cantidad de detalles posibles.

María Julia Bruchmann habló con Nuevo Diario de Santiago del Estero sobre los seguros de Bicicletas

La Ejecutiva Comercial de Seguros Patrimoniales, fue contactada por dicho medio en nombre de Organización Amparo para dar detalles sobre las características de este seguro que fue noticia en el 2020 por su fuerte alza en la demanda.

Palabra autorizada

Luego de un 2020 donde la pandemia fue protagonista, llegan los tiempos de hacer balances y los seguros patrimoniales no fueron la excepción. El mercado se reinvento ante la falta de transporte público de pasajeros, dando lugar a medios alternativos como bicicletas, monopatines y motocicletas.

Para leer la nota completa hacé click aquí

Amparo presenta la Cobertura Vacaciones Protegidas

Amparo junto a IKÉ Asistencia y a HDI Seguros presentan una nueva cobertura para que tus vacaciones estén protegidas y las disfrutes de la mejor manera

Se trata de un nuevo producto de Servicios de Asistencia Médica por COVID 19 + Cobertura Accidentes Personales, de cara a las vacaciones que se avecinan y para poder disfrutarlas sintiéndote protegido y acompañado en todo momento.
Este nuevo producto cubre:
Gastos Médicos
Gastos de Acompañante en caso de internación
Traslado sanitario programado
Prueba PCR para detección de Covid
Muerte Accidental
Incapacidad total y parcial permanente por accidente

Para más detalles hacer click aquí

¿Cómo contratarlo?

Muy fácil. Solo basta clickear en el banner que está en la Página Web y completar el formulario. Luego de eso llegará una nota de bienvenida con detalles de cobertura y contactos.

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Lanzamos el Programa Referidos Amparo

Organización Amparo lanzó su Programa Referidos, una campaña que premia a quienes confían en nosotros y a quienes nos recomiendan…

Amamos que nuestro cliente nos recomiende. Por ello presentamos este nuevo beneficio a través del cual todos aquellos clientes que recomienden nuestros Seguros a sus amigos, conocidos y familiares, reciben un regalo y participará por premios, en un sorteo que se hará a fin de año.

Te invitamos a sumarte al Programa Referidos de Amparo. ¡La campaña que premia a todos!

“BASES Y CONDICIONES DEL PROGRAMA REFERIDOS AMPARO”

1. ORGANIZADOR: Las presentes Bases y Condiciones (“Bases”) regirán el Programa de Referidos (en adelante “el Programa”) y es organizado por Organización Amparo S.R.L. (en adelante “Amparo”) con domicilio en Misiones 33, Santiago del Estero.

2. ACEPTACIÓN DE LAS BASES: Las personas intervinientes en el Programa por su sola participación aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases.

3. VIGENCIA: El Programa tendrá vigencia en toda la República Argentina desde el día 18 de agosto de 2020 hasta el día 31 de diciembre de 2020 (en adelante, “el Plazo de Vigencia”).

4. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN: Podrán participar del Programa todas aquellas personas físicas, siempre que sean mayores de 18 años, que sean clientes titulares y/o pagadores de Amparo y que abonen mensualmente los productos contratados a través de Amparo (en adelante “el Cliente Referente”).

5. EXCLUSIONES: No podrán participar los empleados de Amparo, de las compañías de seguro participantes, asesores externos o cualquier proveedor de Amparo vinculado directa o indirectamente al Programa, ni sus cónyuges y/o sus parientes por consanguinidad hasta el tercer grado inclusive. Tampoco podrán participar aquellos clientes que posean deuda durante el plazo de vigencia del Programa.

6. ACCIONES: La operatoria del Programa consiste en que los clientes refieran a terceros potenciales clientes de Amparo.

6.1. El Cliente Referente podrá recomendar a tres o más personas que puedan ser considerados, a criterio de Amparo, como clientes potenciales de los seguros comercializados por Amparo (en adelante el “Referido”). Los datos personales del Referido deberán ser otorgados por el Cliente Referente a su correspondiente Asesor de seguro.

6.2. Si varios Clientes Referentes refieren al mismo Referido, el beneficio será otorgado al Cliente Referente que primero lo haya referido.

6.3. Si dentro de un lapso de tres meses (3) contados desde que el Cliente Referente recomienda un Referido al Asesor de seguros de Amparo y el Referido contrata alguno de los seguros ofrecidos por Amparo, ya sea de Vida o Patrimonial, transformándose en un Cliente Referido (en adelante “el Cliente Referido”), el Cliente Referente percibirá un numero (en adelante “Numero participante”) para participar del sorteo de electrodomésticos.

6.4. Sin perjuicios de lo expuesto, cada Cliente Referente podrá ser beneficiario de la cantidad de números correspondientes a la cantidad de Clientes Referidos que haya brindado a su Asesor de seguros.

6.5. Las recomendaciones referidas en el punto 6.1., serán recibidas por Amparo hasta el 01 de diciembre. Vencido dicho Plazo, no serán tenidos en cuenta a los fines de su participación en el Programa y, en consecuencia, no generarán beneficio alguno.

7. NUMERO PARTICIPANTE:

7.1. Amparo, deberá confirmarle vía e-mail al Cliente Referente dentro de las 72 hs. a contar desde recibida la confirmación de la carga de la solicitud del Cliente Referido, el Numero Participante que le corresponde para el sorteo porque se cumplen todas las condiciones detalladas en estas bases y condiciones (en adelante “la Confirmación”).

7.2. El Numero Participante otorgado al Cliente Referente será válido solamente para el sorteo a realizarse el lunes 14 de diciembre en la casa central de Amparo y deberá retirar el premio al que se hizo acreedor en la oficina comercial más cercana a su domicilio: se podrán retirar hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive. Pasado este plazo de vigencia, el Cliente Referente perderá el derecho de percibir el premio.

8. GASTOS A CARGO DEL CLIENTE: Todo impuesto actual o futuro que grave los Premios y/o Programa y/o todo gasto en que por cualquier concepto incurran quienes resulten beneficiarios en el Programa para el traslado, estadía y otros gastos para reclamar o retirar los Premio, en su caso, serán a exclusivo cargo de los clientes beneficiarios.

9. NO RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR: Amparo no será responsable por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieran sufrir los clientes o terceros con motivo de la participación en el Programa, ni con el destino que ellos dieren a los Premios recibidos, así como respecto de todo otro daño originado en ocasión de su retiro, reclamo o uso y disfrute. Asimismo, Amparo limita su ámbito de responsabilidad a la organización integral del Programa y a la entrega de los Premios, conforme los términos de las presentes bases y condiciones, deslindando toda otra responsabilidad no prevista expresamente en las presentes bases.

10. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES:

10.1. Los datos personales brindados por el Cliente Referente y los Clientes Referidos serán objeto de tratamiento automatizado e incorporados a la base de datos de titularidad de Amparo.

10.2. La provisión de los datos por parte del Cliente Referente es voluntaria. El Cliente Referente garantiza que cuenta con todas las licencias y autorizaciones necesarias para proporcionar a Amparo datos personales del Contacto y/o Cliente Referido. Será responsable por cualquier reclamo que pudieren iniciar los terceros interesados en contra de Amparo, y deberá mantenerlo indemne de cualquier gasto, costa, costo o indemnización que pudiere recaer sobre Amparo por el incumplimiento por parte del Cliente Referente de las obligaciones y garantías asumidas en la presente cláusula.

10.3. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº25.326. Podrá requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos deberán comunicarse vía telefónica al 0385 4226767 interno 139 para manifestar su requerimiento. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº25.326 tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

10.4. Al aceptar las Bases, el Cliente estará otorgando el consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.

11. DISPOSICIONES FINALES:

11.1. Cuando circunstancias no previstas lo justifiquen, siempre y cuando éstas no sean imputables a Amparo, éste podrá cancelar, suspender o modificar el Programa.

11.2. Las presentes Bases se encuentran a disposición en el sitio web del programa de referidos: www.amparoseguros.com

11.3. Para cualquier controversia originada en el Programa regirá la jurisdicción de los tribunales de Santiago del Estero, a la que los participantes aceptan someterse voluntariamente renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

Santiago del Estero, 13 de agosto de 2020

La SSN congeló el valor de la matrícula de los Productores Asesores de Seguros

La medida fue comunicada a través de la Circular SSN N° 21428181/2020, donde también se dispuso la extensión del plazo para realizar su pago. La decisión se tomó en el contexto de la emergencia social por el COVID – 19

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) estableció el congelamiento del importe a abonar en concepto del “Derecho Anual de Inscripción” de los Productores Asesores de Seguros y Sociedades de Productores de Seguros correspondientes al año 2020. Por tal motivo, el valor aplicado es el mismo que se ordenó para el año 2019. Por otro lado, la fecha para realizar el pago se prorrogó hasta el 30 de junio del 2020.

La medida que se comunicó a través de la Circular SSN N° 21428181/2020, especificó que el monto de matrícula a abonar por parte del Productor Asesor de Seguros (PAS) es de $1.500 y las Sociedades de Productores de Seguros deberán abonar $6.000. Mientras que para aquellos casos de suspensión voluntaria, se deberá abonar un total de $177 en concepto de mantenimiento de la inscripción en el Registro de PAS.

En todos los casos, sin excepción, el vencimiento operará hasta el 30 de junio del 2020. Después de esta fecha, cualquier pago efectuado sufrirá un recargo del cincuenta por ciento (50%), del 01 de julio al 31 de diciembre. Con posteridad a esa fecha, a partir del 01 de enero del 2021, el recargo será del cien por ciento (100%).

¿Qué pasa con los Programas de Capacitación Continuada?

En la circular también se informó que, en relación al Programa de Capacitación Continuada del PAS, los únicos cursos disponibles correspondientes al primer cuatrimestre del ciclo lectivo 2020, son los de modalidad virtual o e-learning.

Te contamos cómo deducir ganancias con tu Seguro de Vida

¿Sabías que se pueden aplicar deducciones por el pago de seguros de vida y seguros de vida con ahorro en tu liquidación del Impuesto a las Ganancias?

El período fiscal 2019 ya finalizó y hasta el 31 de marzo, se va a poder informar a la AFIP el monto de seguros de vida que abonaste durante este año. Así sean de seguros de vida pura como seguros de vida con ahorro, podrás descontar de tu base imponible del impuesto a las ganancias en concepto de primas abonadas por seguros de vida y vida con ahorro en conjunto.

Te contamos cómo hacerlo:

Para más información comunicate con nosotros de Lunes a Viernes en el horario de 8.00 a 13.30 hs y de 14.00 a 17.30 hs