Se vence el pago anual de la Matrícula

Desde la Superintendencia de Seguros de la Nación, recordaron que hasta el 30 de abril hay tiempo para pagar la suma fija anual en concepto de matrícula. Te contamos todo lo que tenés que saber…

¿Qué pasa si no pago?

Si no pagás en término, tendrás que abonar el importe vigente al momento del pago más una multa del 50% de dicho importe. Si no lo hacés antes del 1º de enero del siguiente año, la multa se incrementará al 100%.

¿Qué documentación necesito?

Haber cumplimentado los cursos anuales incluidos en el Programa de Capacitación Continuada (PCC) para Productores. Podés ver información en el Ente Cooperador Ley 22.400.

¿Cómo hay que hacer ?

  • Completá los campos con los datos que te pide.
  • Imprimí la boleta y podrás pagarla en Rapipago, Pago Fácil y el Banco de la Nación Argentina.
  • Una vez que realizás el pago conservá la constancia sellada o timbrada ya que te puede ser requerida.

Esta modalidad cambiará cuando se implemente el E-recauda. Los productores van a poder abonar todas las matrículas adeudadas, descargando los comprobantes desde su rúbrica digital.

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo es de $1035.00

El primer vencimiento opera el último día hábil del mes de abril de cada año (en este caso lunes 30), luego deberá abonar un recargo del 50% hasta el último día hábil del año. A partir del año calendario siguiente abonará un 100% de recargo hasta el momento del pago.

Vigencia

La vigencia de la matrícula es de 12 meses.

Organización Amparo ya avisó. ¡A no olvidarse!

Palpitamos la Copa – ¡Sacá el hincha que hay en vos!

Las cinco sucursales de Organización Amparo, han participado con la temática de la presentación de los concursos de ventas, bajo el lema: ¡Sacá el hincha que hay en vos! Nuestros flamantes hinchas alentaron a su selección, representada en los colores que acompañan a las sucursales.

Dicho concurso, consistía en que cada sucursal enviara la foto más original de la presentación del concurso, con todo el personal involucrado (Grupo de Ventas y Grupo de Administración), palpitando la Copa y alentando a nuestro equipo.

Estas son las postales que nos dejaron la presentación del concurso de ventas de este año 2018…

Santiago del Estero (Naranja)

Córdoba (Verde)

Mendoza (Bordó)

Catamarca (Azul)

San Luis (Violeta)

Los jurados encargados de seleccionar las fotos serán 5 personas de las diferentes compañías, creadoras del concurso de ventas: HDI Seguros, MetLife y Colón Compañía de Seguros S.A.

¡Suerte a todas las sucursales! Sigamos sacando el hincha que llevamos dentro…

Nuevas autoridades en A.P.A.S. Córdoba

El pasado viernes se llevó a cabo en la sede de A.P.A.S. Córdoba (Asociación de Productores Asesores de Seguros) la con Renovación de sus Autoridades.
Fue en una Asamblea General Ordinaria de conformidad con lo dispuesto por el nuevo Estatuto Social y Reglamento de Elecciones, donde también se trató la consideración del Balance General y Cuadro de Resultados, Estado de Gastos e Ingresos y Egresos, Memoria Anual e Informe de Comisión Revisora de Cuentas, correspondiente al ejercicio cerrado al 30 de junio del año 2017.
Luego del acto eleccionario, quedaron conformados los cargos para el próximo período:
CONSEJO DIRECTIVO
Presidente:
– Sr. Layús, Daniel Horacio – Matr. 43955
Vicepresidente:
– Sr. Floreano, Julio Fernando – Matr. 59362
Secretario:
– Sr. Salvatierra, Pablo Martín – Matr. 76687
Tesorero:
– Sr. Fraire, Raúl Elpidio – Matr. 34231
Vocal 1°:
– Sr. Spaccesi, Marcos Enrique – Matr. 50138
Vocal 2°:
-Sr. Ambrosio, Diego Sebastián – Matr. 71636
Vocal 3°:
-Sra. Florencia Paganini – Matr. 12256
CONSEJEROS SUPLENTES
– Sr. Assale, Daniel Alberto – Matr. 18295
– Sr. Altamirano, Gustavo – Matr. 67825
– Sr. Capra, Sergio Adrián – Matr. 74329
COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS TITULAR
– Sr. Rodriguez, Guillermo Rubén – Matr. 66444
SUPLENTE
– Sr. Llop, Javier Roberto – Matr. 65247

A.P.A.S. Córdoba invita a Taller Debate para P.A.S

El viernes 26 de abril, A.P.A.S. Córdoba (Asociación de Productores Asesores de Seguros), llevará a cabo un taller debate para Productores y Asesores de Seguros, sobre su participación en el mercado asegurador. El taller que lleva el nombre “EL FUTURO DEL PRODUCTOR ASESOR DE SEGUROS”, es una buena posibilidad para saber cómo actuar de ahora en más.

Se llevará a cabo desde las 17 hs, en Salón ILIADA – Centro de Convenciones del Dinosaurio Mall (Rodríguez del Busto 4086).

Las personas que quieran hacer el curso, deberán inscribirse en el siguiente formulario, ya que el cupo es limitado.

 

Fundada 6 de Noviembre del año 1972, A.P.A.S. Córdoba es la Asociación, Sin fines de Lucro, que brinda soluciones a las distintas necesidades de los productores de seguros en la Provincia de Córdoba.

¡Organización Amparo en el Gran Premio de MotoGP!

Organización Amparo se encuentra presente en el evento internacional Moto GP, que se realiza en Termas de Río Hondo – Santiago  del Estero, en la pantalla LED ubicada en la esquina de Casinos del Sol, zona céntrica de la capital santiagueña.

Te invitamos a ver la publicidad que se proyecta…

Organización Amparo acelera

Delsde hoy, 6 de abril, y hasta el domingo 8 de abril el Autódromo Internacional de Las Termas de Río Hondo recibirá por quinta vez consecutiva a la máxima categoría del motociclismo de velocidad, el Gran Premio de MotoGP de la República Argentina. 

De esta manera, Organización Amparo está presente en uno de los eventos deportivos más importantes, del calendario anual en nuestro país.

Mirá la publicidad que se proyectará allí:

Re – empadronamiento SSN: Preguntas frecuentes y todo lo que hay que saber

Como ya es de común conocimiento, la SSN dispone que los Productores Asesores de Seguros deberán realizar el trámite del nuevo empadronamiento obligatorio. Esto servirá para encuadrarse a lo dispuesto en la Resolución N° 76/2018, aprobada dentro del Plan de Modernización del Estado, con el objetivo de actualizar, digitalizar y unificar la información disponible en los Registros que lleva la Superintendencia de Seguros de la Nación. Les contamos todo lo que tienen que saber…

¿Por qué? ¿Cuándo? ¿Cómo?

Si bien ya respondimos a la pregunta de por qué hay que re-empadronarse o cuál es el objetivo, damos a continuación las respuestas a las dudas más frecuentes que, seguramente, todos/as se hacen.

¿Es re-empadronamiento es obligatorio?
Sí. El re-empadronamiento es de carácter obligatorio, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

¿Qué pasa si no se realiza?
El no empadronamiento del PAS, implicará la baja automática en el Registro de Productores.

¿Dónde debo reempadronarme?
El re-empadronamiento se hace a través del aplicativo Web de la AFIP, ingresando con clave fiscal única e intransferible, nivel de seguridad superior a 2.- Luego se debe asociar la plataforma Trámites a Distancia.-

¿Cuándo debo re- empadronarme?
El reempadronamiento comenzó a partir del 01/02/2018 y de acuerdo al último número de la matrícula según el siguiente cronograma:
a)Para las Matrículas terminadas en 0, 1 y 2 el tiempo terminó,  ya que era del 1° de febrero y el 31 de marzo de 2018.
b) Matrículas terminadas en 3, 4 y 5 entre el 1° de abril y el 31 de mayo de 2018.
c) Matrículas terminadas en 6, 7, 8 y 9 entre el 1° de junio y el 31 de julio de 2018.

¿Qué datos debo conocer para poder completar el formulario?
· Datos Personales
· Constancia Inscripción en UIF como Sujeto Obligado:
Ø Número control
Ø Fecha Inscripción
· Datos de la Matrícula:
Ø Número de Matrícula
Ø Fecha de Resolución Alta de Matrícula
Ø Ramo Autorizado
Ø Fecha del último Pago de Matrícula
· Fecha de la última capacitación realizada
· Fecha de la última Rúbrica en Papel
· Fecha de la 1° rubrica digital
· Nivel Educativo alcanzado
· Datos Laborales.
· Datos Impositivos.
· Domicilio Real: Se deben consignar los datos del domicilio Particular
· Domicilio Constituido: Se deben consignar los datos comerciales
· Datos Aseguradoras:
Ø Aseguradora con la que opera
Ø ¿Tiene convenio de cobranzas?
¿Qué documentación debo adjuntar para completar el reempadronamiento?
Foto carnet 4×4 fondo Blanco
DNI ambas caras
Certificado de Título del Nivel Alcanzado de Educación

¿Qué debo hacer si no tengo el secundario terminado?
La exigencia del título de estudio secundario es a partir del 30/9/1996, por lo tanto, si Ud. obtuvo su matrícula antes de esa fecha, debe adjuntar a la aplicación web una nota pidiendo la exención del requisito.- Nota Tipo No Secundario.

¿Qué debo hacer si extravié mi Título Secundario y no tengo posibilidad de conseguir una copia?
En este caso se debe adjuntar a la aplicación web una nota indicando su situación y quedará a criterio del equipo de SSN la aceptación del mismo.- Nota Extravío Título.

¿Cómo obtengo mi número de Control y fecha de Inscripción en UIF?
Para conocer estos datos debe descargar la constancia de Inscripción de Sujeto obligado en UIF, ingresando al siguiente portal: UIF-Sujetos Obligados.

¿Cómo obtengo la fecha de alta de matrícula?

Para conocer este dato se debe acceder a la consulta de matrícula disponible en la página de SSN, ingresando a: Consulta Matrícula, el cual está expresada en año/mes/día.

¿Cuál fue la última fecha de pago?
Para conocer este dato se debe acceder a la consulta de matrícula disponible en la página de SSN, ingresando a: Consulta Matrícula.

¿Cómo se cuál fue la última rúbrica en papel?
Para conocer este dato se debe acceder a la consulta de matrícula disponible en la página de SSN, ingresando a: Consulta Matrícula.

¿Cómo se cuál fue la primer rúbrica digital?
En caso de estar adherido a este servicio, ese dato se puede obtener, ingresando aplicativo dentro de la plataforma de AFIP.

¿Qué fecha de capacitación debo consignar si soy mayor de 65 años y no estoy obligado a realizar la capacitación?
Se debe consignar la fecha de la última capacitación a la cual haya asistido.

¿Con que aseguradora debo declarar que trabajo?
Se deben declarar todas las aseguradoras con las que el PAS opera, teniendo en cuenta que, para distintos riesgos cada Compañía puede subdividirse en varias unidades de negocios.

Casos Particulares

¿Las Sociedades y Agentes Institorios deben reempadronarse?
NO se deben re – empadronar.- Sí lo deben hacer las personas físicas que tengan matrícula de PAS personal.

¿Si soy PAS y no estoy ejerciendo o tengo la matrícula suspendida, debo re – empadronarme?
SI, todos los PAS deben realizar el reempadronamiento.

¿Qué pasa si no intermedio con ninguna aseguradora?
Deberán ver las opciones del formulario y podrán consignar que no se trabaja con “NINGUNA”.

¿Una vez enviado el formulario, puedo modificar datos?
De momento no es posible la modificación de los datos. El  re- empadronamiento es una Declaración Jurada, a futuro la aplicación contemplará esta posibilidad.

¿Cómo se si he enviado la información correctamente?
Luego de confirmar el envío, al final le dará un número de expediente.

Nueva Resolución de la UIF que afecta a los sujetos obligados del sector asegurador

Se trata de la nueva Resolución sobre Gestión de riesgos de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo (LA/FT).  Con ella, se establecen los lineamientos de cumplimiento mínimo que los sujetos obligados del sector asegurador, deberán adoptar y aplicar para gestionar el riesgo de ser utilizadas por terceros con objetivos criminales.

La Unidad de Información Financiera (UIF) emitió la Resolución 28/2018 publicada ayer en el Boletín Oficial. La misma modifica el marco regulatorio respecto de los sujetos obligados del sector asegurador y establece nuevas obligaciones que los mismos deberán cumplir para gestionar los riesgos de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo (LA/FT),  en concordancia con los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas internacionales actualmente vigentes, conforme las recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Objetivos y procedimientos

Este nuevo marco normativo, que sustituye la Res UIF 202/2015, tiene como objetivo que las empresas «aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios de seguros y de reaseguros, identifiquen y entiendan sus riesgos y en función de ello, adopten medidas de administración y mitigación de los mismos a fin de prevenir de manera más eficaz el LA/FT». Se establece, así, que las Empresas Aseguradoras deben implementar un Sistema de Prevención, el cual deberá contener todas las políticas, procedimientos y controles establecidos para la Gestión de Riesgos de LA/FT a los que se encuentran expuestas y los elementos de cumplimiento exigidos por la normativa vigente.

Asimismo, los Sujetos Obligados deben establecer políticas, procedimientos y controles aprobados por su órgano de administración o máxima autoridad, que les permitan identificar, evaluar, mitigar y monitorear sus riesgos de LA/FT. Para ello deberán desarrollar una metodología de identificación y evaluación de riesgos acorde con la naturaleza y dimensión de su actividad comercial, que tome en cuenta los distintos factores de riesgo en cada una de sus líneas de negocio. Como también elaborar un Plan de Capacitación anual que deberá ser aprobado por su órgano de administración o máxima autoridad y contarán con políticas y procedimientos que le permitan adquirir conocimiento suficiente, oportuno y actualizado de sus Clientes.

Esta norma se realizó teniendo en cuenta los resultados de la consulta con la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), con representantes de la Asociación de Compañías de Seguros, la Asociación de Aseguradores de Vida y Retiro de la República Argentina, la Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguros, la Unión de Aseguradoras del Riesgo de Trabajo, la Federación de Asociaciones de Productores Asesores de Seguros de la Argentina, Cámara de Aseguradoras del Interior de la República Argentina, Cámara Argentina de Reaseguradoras y Representantes de Sociedades de Intermediación de Seguros.

Aquí, la norma completa en el Boletín Oficial

La SSN informó la actualización de la Matrícula del P.A.S.

Se anunció en la última semana de marzo, por medio de la la Circular 12528202 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, la actualización del importe a abonar en concepto de Derecho de Inscripción correspondiente al año 2018.

Con esta actualización los Productores Asesores de Seguros pagarán $ 1.035.- y las sociedades de productores de seguros $ 4.140.-. En ambos casos el vencimiento operará antes del 30 de Abril de 2018.

La resolución también sostiene que los pagos efectuados con posterioridad a esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2018 sufrirán un recargo del 50%, abonando los productores asesores de seguros $ 1.553.- y las sociedades de productores asesores de seguros $ 6.210.-

A partir del 1 de enero de 2019 el recargo será del  100 %, debiendo abonar los Productores Asesores de Seguros $ 2.070.- y las Sociedades de Productores de Seguros $ 8.280.-

Además se informó que el importe a abonar, en concepto de mantenimiento de inscripción para los casos de suspensión voluntaria en el Registro de Productores Asesores de Seguros correspondiente al año 2018 será de 115.-

Esta medida se da en relación a lo dispuesto por el Punto 4.2. del Reglamento de la
Actividad de los Productores Asesores de Seguros aprobado por la Resolución General SSN Nº 24.828, de fecha 30 de septiembre de 1996 y sus modificatorias y complementarias.