Asegurados podrán elegir libremente planes de ahorro y créditos prendarios
La SSN ha regulado la contratación de seguros para bienes adquiridos mediantes créditos prendarios y planes de ahorro. De este modo se garantiza la libertad de contratación del canal de comercialización de seguros en dichas circunstancias.
Dicha regulación se ha dado mediante la Resolución 24/2023 (Marco regulatorio de acción de agentes institorios y/o productores asesores de seguros en la financiación otorgada por préstamos y planes de capitalización y ahorro), luego de que en 2022 FAPASA (Federacion de Asociaciones de Productores Asesores de Seguros de la Argentina) realizara varias presentaciones ante IGJ y SSN para que los PAS puedan ofrecer asesoramiento a los asegurados que deben contratar una cobertura para amparar los bienes objeto de prendas, evitando que los seguros vinculados a créditos prendarios y planes de ahorro previo sean canalizados en forma coercitiva por las instituciones financieras y de planes.
¿Qué establece la medida?
La medida de la SSN es clara: establece que se debe ofrecer al cliente/asegurado todas las opciones de Compañías Aseguradoras habilitadas y a partir de esta reglamentación también podrá optar por el canal de comercialización, es decir su PAS de confianza.
Así como es obligatorio ofrecer un menú de opciones de coberturas y aseguradoras, ahora también se debe garantizar que el asegurado pueda elegir con libertad quien lo asesorará en la contratación del seguro: PAS, sociedades de PAS, Agentes Institorios o en directo con el asegurador. Así, el asegurado puede elegir el canal comercial con el que se sienta más respaldado.
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